Responsabilidad Penal de Adolescentes

Andrea Pinto Bustos
Profesora Derecho Penal
Universidad Andrés Bello

Recientemente, en diversos medios de comunicación, el Senador por la Región de Antofagasta,
Pedro Araya Guerrero, ha manifestado su interés en presentar un Proyecto de Ley destinado a
modificar la actual Ley de Responsabilidad Penal de Adolescentes (RPA).
Aunque hasta la fecha el proyecto aún no se ha presentado, el Senador ha dado cuenta de su
contenido, así como también de sus fundamentos.
En cuanto a lo primero, la propuesta de modificación apunta a establecer una diferenciación
dentro de las reglas que rigen a los adolescentes que cometen delitos que se manifiesta en dos
niveles. En primer lugar, en cuanto a la edad, porque resulta únicamente aplicable para quienes
tienen 16 o 17 años. En segundo lugar, respecto de los delitos cometidos, porque se trataría de
un catálogo cerrado de conductas delictivas, especialmente graves o violentas. Conforme a lo
planteado por el parlamentario, es preciso que en estos casos no sean aplicables reglas
especiales de la RPA, en lo que se refiere a sanciones aplicables y su determinación, y
procedimiento previsto para su imposición y ejecución.
Respecto de los fundamentos que justifican la modificación, el Senador ha manifestado la
necesidad de evitar la aplicación de la RPA porque implicaría un “beneficio” para los
adolescentes y, en ese sentido, incidiría directamente en el aumento de la delincuencia por parte
de los jóvenes.
En realidad, la RPA instituye un régimen de responsabilidad penal de adolescentes, regido por los
principios de responsabilización y resocialización. Esto es, se pretende que los jóvenes sean
responsabilizados, y debidamente sancionados, por los delitos que cometen; y, por otro lado,
que dichas sanciones estén orientadas a su integración en la sociedad (art. 20 RPA). Para estos
efectos, la ley contempla un variado catálogo de penas, en el que, por supuesto, se incluyen las
privativas de la libertad (internación) que pueden durar hasta 10 años respecto de quienes
tienen 16 o 17 años, y que se cumplen en centros gestionados actualmente por SENAME.
Como se apreciará, se trata de una sanción muy severa: un adolescente de 16 años condenado a
10 años de internación en régimen cerrado se verá expuesto a la aplicación de una sanción cuya
duración supera la mitad de su vida, así, cabe preguntarse ¿en qué sentido esto podría
constituir un beneficio?
Además, las penas para adolescentes están estrictamente orientadas a la reinserción, pues se
pretende que el menor de edad no reincida en el futuro, de ahí que la privación de libertad sea
considerada como un “último recurso” y, además, sea cumplida en recintos especiales, distintos
de las cárceles de adultos, dado su potencial criminógeno. Un aumento en la severidad de las
sanciones, por la vía de una mayor aplicación de la privación de la libertad cumplida en recintos

carcelarios, no disminuirá los delitos cometidos por adolescentes, en realidad, la experiencia en
Chile demuestra justamente lo contrario.
Asimismo, el legislador por Antofagasta ha señalado que las recientes modificaciones
introducidas en enero de este año a la RPA (Ley N°21.522) son insuficientes para incidir en
una rebaja de la delincuencia juvenil. Entre tales cambios destaca la creación del Servicio
Nacional de Reinserción Social Juvenil, que reemplazará a SENAME, en la administración y
ejecución de las penas de adolescentes. Es a lo menos curioso que se manifiesten reparos
respecto de la potencialidad de este Servicio para incidir positivamente en una disminución de
la criminalidad, considerando que recién comenzará a operar en ciertas regiones de Chile en
enero de 2024 (sin ir más lejos, en la Región del Bío Bío recién iniciará sus labores en enero de
2025). Resulta bastante lógico juzgar los efectos de la modificación en la disminución de la
delincuencia juvenil una vez que el Servicio haya empezado a funcionar como tal.
En el año 2021 Claudia Huaiquimilla, afamada cineasta chilena, dirigió la película “Mis
hermanos sueñan despiertos”, con la esperanza de dar cuenta de los perniciosos efectos que
generan las medidas privativas de libertad en los jóvenes que delinquen. Es nuestra esperanza
ahora que el legislador aborde la problemática de la seguridad en Chile con medidas que
apunten al objetivo que la población clama: la disminución de la delincuencia y no su aumento.