Dirección del Trabajo fiscaliza incumplimientos legales que afectan a los auxiliares de farmacias

La Dirección del Trabajo aplicará hasta fines de diciembre un plan de fiscalización en
100 farmacias de todo Chile para verificar diversas irregularidades que están
afectando a los auxiliares de los locales de venta de medicamentos. El plan inspectivo
incluye a las cadenas Ahumada, Cruz Verde, Salcobrand, Maicao, Knop y Doctor Simi.
Así lo anunció el Director Regional del Trabajo de Tarapacá, Jaime Rojas, al iniciar este
plan inspectivo en una farmacia local perteneciente a la cadena Cruz Verde.
“Como Dirección del Trabajo, nos encontramos desarrollando lineamientos que vayan
a favor del trabajo decente, por tanto, se hace necesaria la presencia de la institución
en terreno, con amplia y certera cobertura, pero siempre acompañado de las
organizaciones sindicales”.
El programa inspectivo fue resuelto en respuesta a una solicitud de la Federación
Nacional de Trabajadores de Farmacias (Fenatrafar).
La organización sindical denunció que al personal auxiliar de farmacias se les están
asignando funciones que no corresponden a tal cargo, como aseo, y/o reposición de
mercaderías, entre otras.
Además, acusó que los auxiliares de farmacias no reciben anexo de liquidación de
remuneración con el detalle de las remuneraciones variables, incumpliendo la
obligación del inciso tercero del Artículo 54 bis del Código del Trabajo.
Asimismo, denunció que las comisiones, bonos, premios y/o incentivos que reciben
los trabajadores, se sustentan en “metas” que son determinadas arbitrariamente por
las empresas. Ello no se condice con lo dictaminado por la Dirección del Trabajo en
cuanto a que dichas metas deben ser consensuadas entre las partes.
Las fiscalizaciones se realizarán hasta el 24 de diciembre en 100 locales de farmacias
desde Arica a Los Lagos.
MATERIAS POR FISCALIZAR

a) Remuneraciones: no contener las liquidaciones de remuneraciones un anexo,
con o no contener el anexo, los montos de cada comisión, bono, premio u otro
incentivo, junto al detalle de cada operación que le dio origen y la forma
empleada para su cálculo. Asimismo, no entregar comprobante de pago de
remuneraciones o entregarlo sin las indicaciones legales.
b) Contrato Individual de Trabajo; no contener el contrato de trabajo las cláusulas
básicas legales. Esto, referido a la estipulación arbitraria de las metas por parte
de la empresa y a la polifuncionalidad que estarían ejerciendo los auxiliares de
farmacia.
c) “Ley de la Canela”: los informes deberán consignar si las metas, comisiones o
incentivos por ventas, incorporan medicamentos en las bases de cálculo con el
fin de que el Servicio oficie al Ministerio de Salud en caso de constatarse dicha
situación.
Las infracciones pesquisables acarrean multas en UTM de entre 3 ($191.880) y 60
($3.837.600) a su valor de noviembre, dependiendo de si las empresas sancionadas
son micro, pequeña, mediana o grandes.
CONSIDERACIONES LEGALES
Respecto de las materias que serán fiscalizadas la DT se ha pronunciado jurídicamente
en los últimos años.
En su ordinario 5958, del 16 de noviembre de 2015, sostuvo que “no resulta
compatible con el principio de certeza de la remuneración consignado en el artículo
10 N°4 del Código del Trabajo, que las metas de ventas mensuales sean fijadas
unilateralmente por el empleador, sin que exista pacto alguno respecto de la fórmula
para su fijación”.
Asimismo, en el ordinario 47, del 6 de enero de 2017, expresó que “no se ajusta a
derecho una cláusula contractual que no especifica funciones, sino que describe una
multitud de labores, que no se condice con la intención del legislador, al momento de
incorporar la polifuncionalidad en los contratos de trabajo, de acuerdo a lo
establecido en el cuerpo del presente informe”.
Finalmente, en el ordinario 1370, del 9 de noviembre último, señaló que “no resultaría
conforme a derecho el modelo operacional que propone la empresa acorde a los
fundamentos contenidos en el presente informe, en tanto, infringe en múltiples
formas el principio de certeza jurídica acerca de la naturaleza de los servicios que
deben prestar los trabajadores al interior de un supermercado”.